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PAIS VASCO

El Gobierno vasco autoriza la venta del suelo de 12.000 VPOs

Construidas en derecho de superficie de forma provisional

lunes 20 de octubre de 2014, 14:42h
20/07/2010.- El Consejo de Gobierno vasco ha autorizado la venta del suelo sobre el que se encuentran construidas en derecho de superficie determinadas viviendas de protección oficial con calificación provisional anterior al 1 de enero de 2003, de forma que los titulares de una vivienda en derecho de superficie podrán adquirir la plena propiedad de éstas y, por tanto, sus propietarios no las perderán a los 75 años. El consejero de Vivienda, Iñaki Arriola, ha afirmado que existen 20.221 viviendas de protección oficial de régimen general y de régimen especial adjudicadas en compra y trasmitidas en derecho de superficie sobre suelos propiedad del Gobierno. De estas viviendas, 3.980 se encuentran en Álava, 9.052 en Vizcaya y 7.189 en Gipúzcoa. Del total de viviendas calificadas y edificadas en derecho de superficie, 11.859 disponen de calificación temporal -las calificadas antes de 2003- y 8.362 cuentan ya con la calificación permanente -las calificadas a partir de 2003-.
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010 han incluido la posibilidad de adquisición de la propiedad del suelo a los titulares de estos derechos de superficie, previo pago de su valor de repercusión.

Los ingresos obtenidos se destinarán al impulso de las políticas a favor del alquiler. Esta medida es una de las acciones consensuadas en el Pacto Social por la Vivienda firmado en el mes de junio por el Departamento de Vivienda con más de 70 entidades sociales y económicas. El Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes abrirá una "vía de acceso" a la plena propiedad de estas viviendas y, para ello, ha diseñado un proceso que se desarrollará en sucesivas fases.

En la primera fase, la posibilidad de adquirir la propiedad del suelo se va a circunscribir a las viviendas de protección oficial de régimen general y de régimen especial con calificación temporal de mayor antigüedad, concretamente las que han sido objeto de calificación provisional antes del 1 de enero de 2003.

El Departamento de Vivienda circunscribe esta acción a un total de 11.859 viviendas, por lo que tiene una previsión de ingresos en el presupuesto 2010 derivado de la venta de suelos de viviendas en derecho de superficie de 24 millones de euros. Para alcanzar esta cantidad, el Departamento debería tener una respuesta positiva del 15% de los propietarios, aunque el consejero se ha mostrado esperanzado en obtener una respuesta superior.

Para las promociones de estas características que cuenten con locales comerciales y con anejos no vinculados a las viviendas, les corresponderá una cuota de participación en el valor total de sus respectivos inmuebles.

Los trámites a seguir serán concretados por una orden, así como la valoración del suelo y los plazos de materialización de la venta del suelo. En cuanto al valor del suelo, se calculará el valor total del edificio y después se le aplicará un porcentaje del 10% en concepto de repercusión de suelo a ese valor total. El precio final a pagar se asignará en función de las cuotas de propiedad horizontal, al que se aplicará el IVA.

El Gobierno Vasco estima que las viviendas de derecho en superficie de régimen general rondarán entre los 9.000 y 12.000 euros, según su tamaño, mientras que en las viviendas de régimen especial tendrán un precio menor. Se va a ofrecer facilidades a todos aquellos que quieran comprar ya que podrán obtener financiación a largo plazo y bajo interés y podrán cubrir el 100% de la operación y de los gastos de tramitación. Según ha precisado el consejero, estas operaciones se van a contemplar en un anexo al Convenio Financiero firmado por el Gobierno vasco y las Bancas y Cajas que regula la financiación de la VPO.

A partir de la aprobación en septiembre de la nueva orden de precios, el derecho de superficie que recae sobre las viviendas irá perdiendo valor a medida que pase el tiempo, y falte menos para cumplir los 75 años. Con esta medida los titulares de una vivienda en derecho de superficie podrán adquirir la plena propiedad de las mismas, a condición de que soliciten la calificación permanente de sus viviendas, por lo que las viviendas serán protegidas permanentemente.

Estas viviendas se mantendrán en el parque público protegido viviendas y "se evitará un problema de fondo a largo plazo para los intereses públicos, una vez extinguido el derecho de superficie y cuando los titulares del derecho de superficie se vieran obligados a abandonar la vivienda", según Arriola. "El mantenimiento de estas viviendas dentro del parque de viviendas protegidas tiene importantes efectos regulatorios sobre los precios y posibilita la ampliación de la oferta de dichas viviendas en segundas y posteriores trasmisiones y con la garantía pública vinculada al ejercicio permanente de los derechos de tanteo y retracto y control inspector de su función social", insistió el consejero.

En un futuro próximo y en sucesivas fases, esta oferta de adquisición de suelos alcanzará, en las mismas condiciones, a las viviendas calificadas permanentemente y edificadas en derecho de superficie.

Las personas interesadas en la compra del suelo deberán dirigir su instancia, acompañada de la documentación correspondiente, al Delegado Territorial de Vivienda de su territorio histórico. Quienes estén interesadas en obtener financiación cualificada para la compra del suelo, habrán de hacerlo constar en la instancia. El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 15 de septiembre y el 15 de noviembre de 2010. La Delegación Territorial de Vivienda notificará a la persona solicitante el precio final de la operación, incluido el IVA correspondiente, así como el modo y el plazo para su abono, que no podrá ser superior a un mes. Si la persona interesada hubiera solicitado la concesión de medidas financieras, junto con el precio final se le notificará la resolución de concesión o denegación de dichas medidas. Una vez abonado el precio final, el Delegado Territorial dictará resolución calificándola como vivienda de protección oficial con carácter permanente, dictará resolución estimatoria de la solicitud de compra y citará a las personas interesadas para su elevación a escritura pública en un plazo no superior a seis meses desde la entrada en vigor de la Orden.
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