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Será obligatorio para edificios nuevos y rehabilitados

Asprima solicita el retraso de la entrada en vigor de la ordenanza de energía solar

Pablo Sola/Madrid

lunes 20 de octubre de 2014, 14:42h
Asprima ha presentado varias alegaciones para solicitar al Ayuntamiento de Madrid que retrase la entrada en vigor de la ordenanza municipal de captación de energía solar para usos térmicos por la cual todos los edificios nuevos o rehabilitados tendrán que instalar paneles solares para producir agua caliente sanitaria.
El Ayuntamiento de Madrid ha elaborado una ordenanza por la que será obligatorio que tanto los edificios de nueva edificación como los rehabilitados cuenten con instalaciones que capten energía solar para la producción de agua caliente sanitaria y para la climatización de piscinas.
La Asociación de Promotores Inmobiliarios de Madrid, Asprima, ha presentado varias alegaciones en las que se solicita que se retrase la entrada en vigor obligatoria de la nueva normativa, con el fin de que se vaya estudiando "cómo aplicar la puesta en marcha de unas instalaciones que requieren una valoración estética y funcional en los inmuebles y la ciudad".
Además, esta ordenanza "crea una nueva demanda de técnicos y conocimientos de la que desconocemos todo", según han declarado fuentes de Asprima. La asociación ha pedido también que desde la Administración se incentive la aplicación de las nuevas instalaciones.
La ordenanza de captación de energía solar para usos térmicos pretende que esta energía alternativa se instale en edificios residenciales, de servicios públicos y administraciones, centros culturales, educativos, de salud y sociales, así como deportivos. Además, el sector terciario deberá contar con equipamiento solar en todas sus clases; y el industrial tanto en servicios empresariales como en los que utilicen agua caliente sanitaria.
Carmen Martín Moreno, jefa adjunto del Departamento de Calidad del Ayuntamiento de Madrid, ha asegurado que "estarán exentos los edificios protegidos por la legislación del patrimonio histórico o dictamen de la Ciphan, cuando se justifique por las características de ubicación y el edificio no pueda alcanzar el 30% de producción solar respecto al total".
La contribución solar mínima en la producción de agua caliente sanitaria variará entre el 60% y el 75%, según la nueva norma, en función de la demanda y de cuál sea la fuente de apoyo proyectada.
Martín Moreno ha justificado el momento de publicación de la ordenanza en virtud del compromiso de Kioto y de las últimas directivas europeas. "Si no actuamos para modificar las tendencias, Madrid incumplirá los objetivos de calidad del aire en cuanto a ciertos contaminantes en 2005 y 2010", ha explicado la representate del Ayuntamiento.
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