COMPETENCIA POR EL SUELO
Oscar Alcaide
La tramitación parlamentaria del anteproyecto de Ley estatal del suelo planteado por el Ministerio de Vivienda ha recuperado un viejo debate en torno a la distribución de competencias en materia de suelo entre las distintas administraciones. Mientras las corporaciones locales se resisten a perder su poder de decisión sobre la materia, entre otras cuestiones por los apetitosos réditos que generan, desde otras instancias se plantea la posibilidad de reformar la Constitución para evitar que una materia tan importante como el urbanismo quede en manos de los ayuntamientos.
No es fácil definir si el ordenamiento del territorio debe recaer en unos o en otros, lo que parece quedar demostrado a la vista de los últimos acontecimientos es que el sistema vigente podría no ser el más adecuado para garantizar la máxima eficiencia y optimizar la distribución de los recursos públicos. Evitar situaciones como las que han saltado a los medios en los últimos meses seguiría siendo igual de complicado si la Administración competente fuese el Estado, en lugar de las corporaciones locales, pero quizá
entonces el argumento de la falta de financiación que habitualmente esgrimen los alcaldes en su defensa, cuando se detectan irregularidades en materia urbanística, quedaría totalmente inhabilitado.
El Estado, con una partida presupuestaria prevista cada año para tal fin, podría ejercer esta responsabilidad sin recaer en la sentación de ceder a ningún tipo de presiones económicas.
Sin embargo, el motivo que hizo que se trasladasen las competencias urbanísticas a los ayuntamientos fue que estas administraciones son las más cercanas, y las que mejor conocen las necesidades de cada municipio, de modo que también son ellas las que de un modo más efectivo pueden organizar el territorio en cada localidad. Cualquier otra Administración más alejada podría reproducir situaciones incoherentes que provoquen nuevos problemas en vez de solucionar los ya existentes. La mejor
solución sería mantener la distribución actual de competencias, con algún tipo de supervisión por parte de otra entidad de ámbito superior, que permitiese garantizar una gestión transparente y adecuada del suelo público.