La enmienda está incluida en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos
Hacienda amplía los incentivos fiscales
en la promoción de viviendas en alquiler
lunes 20 de octubre de 2014, 14:42h
Ante la situación de constante encarecimiento de la vivienda y las dificultades de acceso por parte de determinados grupos sociales, el Gobierno ha decidido dar una respuesta para fomentar el arrendamiento, una de las soluciones que se han propuesto para reducir los precios. Con la enmienda presentada para la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos, el PP ampliará las ventajas a los promotores que destinen sus inmuebles al alquiler.
Mónica Figueres
Madrid
Con la finalidad de incrementar de una forma definitiva la oferta de viviendas en alquiler, el Gobierno central ha introducido una enmienda en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos destinada a crear nuevos incentivos y ofrecer una respuesta a las peticiones de los empresarios del sector de la construcción. De hecho, fomentar el alquiler ha sido una de las posibles soluciones que se han propuesto desde los distintos colectivos sociales, económicos y políticos para facilitar el acceso a la vivienda por parte de los sectores con mayores dificultades.
A partir del próximo ejercicio, no sólo se beneficiarán de las bonificaciones en el impuesto de sociedades los promotores de viviendas que las construyan, exclusivamente, para el arrendamiento, sino que estas ventajas se ampliarán también a aquellos que compren inmuebles, con una antigüedad menor de tres años, a terceros, para destinarlos al alquiler, a precios de mercado.
Con esta iniciativa presentada por el Partido Popular en el Senado, que fue anunciada por uno de sus representantes en la Cámara Alta, Juan Pablo Sánchez, los empresarios del sector de la construcción que arrienden o que ofrezcan en arrendamiento viviendas que hayan construido, promovido o adquirido, podrán acogerse, a la hora de pagar la cuota íntegra del impuesto de sociedades, a una bonificación del 85% del total de las rentas derivadas del alquiler o de la transmisión de los inmuebles que cumplan con los requisitos estipulados.
Requisitos.- Las exigencias que deberán cumplir serán, entre otras, que el número de viviendas arrendadas u ofrecidas en alquiler por la promotora sea superior o igual a diez. Además, el contrato no deberá incorporar ninguna opción de compra y las casas deberán estar alquiladas durante un periodo de más de quince años, desde la fecha en que fueron puestas en arrendamiento por la compañía la primera vez.
En la enmienda se señala también que si los inmuebles figuran como patrimonio de la empresa antes del momento en el que se acogieron a este nuevo régimen fiscal, el plazo empezará a contar desde el inicio del periodo impositivo en el que se comunique este acogimiento.
Otro de los requisitos que figuran en el documento presentado por los populares, en el caso de transmisión de las viviendas, es que el arrendatario no podrá comprar sus propias casas, operación que tampoco podrán llevar a cabo ni su cónyuge ni ninguno de sus parientes, incluidos los de tercer grado.
Finalmente, la enmienda establece como obligación que el importe de los ingresos obtenidos se reinvierta en otras viviendas que cumplan los requisitos establecidos en la normativa en un plazo de menos de tres años desde la fecha de la transmisión.