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El Ministerio de Vivienda comunica a 8.000 beneficiarios de la RBE que superan los ingresos para recibirla

Se lo ha comunicado a las comunidades autónomas

Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
20/08/2010.- El Ministerio de Vivienda ha enviado una carta y un SMS a 8.000 beneficiarios de la Renta Básica de Alquiler comunicándoles que, según la información facilitada por la Agencia Tributaria a ese Departamento, superaron en 2008 los 22.000 euros de ingresos anuales brutos, requisito fundamental para percibir esta ayuda de 210 euros para el pago del alquiler. Al mismo tiempo, el Ministerio se lo ha comunicado a las comunidades autónomas, encargadas de la gestión de la RBE -y por tanto de reconocer y retirar el derecho a cobrarla-, para que den trámite de audiencia a los afectados y verifiquen cuál fue su nivel de ingresos. Mientras culminan las comprobaciones necesarias, el Ministerio ha suspendido cautelarmente el pago de la ayuda a los jóvenes (en los casos en que aún estuviera activo el derecho pues otros casos están ya extinguidos) y asegurar así que sólo reciben la RBE quienes tienen derecho a ella.

El Real Decreto 1472/2007, que regula la RBE, establece que para tener derecho a recibir esta ayuda el joven ha de disponer de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros. Además, señala que el beneficiario tiene la obligación de comunicar inmediatamente ante su comunidad autónoma cualquier modificación de los requisitos por los que se le reconoció el derecho a la ayuda, entre ellos, el nivel de ingresos, y que el incumplimiento de esta obligación supone la devolución de las ayudas percibidas.

En la carta enviada por el Ministerio, sólo se avisa a los jóvenes afectados de su situación y se les anuncia que su comunidad se pondrá en contacto con ellos para que aporten la documentación necesaria para aclarar si dejaron de cumplir con el requisito de ingresos que fija el RD de la RBE.

Tras citar a los afectados, cada comunidad tendrá ahora que comprobar quiénes superaron efectivamente el límite de 22.000 euros, y en caso positivo, emitir una resolución retirándoles el derecho a las ayudas. En los casos en que el beneficiario no comunicó en su momento que dejaba de cumplir este requisito, y por tanto, incumplió la obligación establecida en el RD, la comunidad iniciará el expediente de reintegro de las ayudas correspondientes, al que caben alegaciones.

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