AUTONOMÍAS

El Ayuntamiento de Madrid aprueba la nueva ordenanza sobre energía solar térmica

Contempla multas de hasta tres millones de euros

Pablo Sola/Madrid

Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
La nueva ordenanza sobre energía solar del Ayuntamiento de Madrid obliga a todos los edificios de nueva construcción o reestructuración total a producir hasta un 75% de agua caliente sanitaria. Será obligatorio incluir el proyecto de instalación para obtener la licencia y existirán inspectores y multas de hasta tres millones de euros.

Ha sido aprobada la nueva ordenanza sobre energía solar del Ayuntamiento de Madrid, según la cual es obligatorio dotar de paneles solares a todos los edificios nuevos y a los que se reestructuren en su totalidad para producir agua caliente sanitaria. La ordenanza entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
También deberán instalar paneles solares los hospedajes, comercios, oficinas, edificios administrativos públicos y los equipamientos culturales y deportivos que tengan agua caliente sanitaria. A través de los paneles debe producirse entre el 60% y el 75% del total del agua caliente que se consuma en el edificio. Se trata, por tanto, de una instalación útil y productiva.
La norma, elaborada por el área de Medio Ambiente que dirige el concejal y teniente de alcalde Adriano García Loygorri, llega en un momento de expansión urbanística en la capital, lo que se traducirá en decenas de miles de viviendas que deberán cumplir con esta nueva ordenanza de energía solar.
De hecho, la norma impone a los constructores que deberán incluir el proyecto de esta instalación solar a la hora de solicitar la licencia. Y, además, para dar la licencia de funcionamiento o la de primera ocupación, será imprescindible presentar la certificación final de obras donde se declare que lo construido es conforme a la licencia otorgada. Están exentos los inmuebles que utilicen en lugar de la solar otras energías renovables, así como los bloques que no cuenten con suficiente insolación por barreras externas. Lo mismo ocurre con los edificios protegidos por Patrimonio Histórico.
Inspectores comprobarán el cumplimiento de la ordenanza, y se fija también un régimen sancionador, de acuerdo con los artículos 204, 207 y 224 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Por faltas leves, multas de entre 600 y 30.000 euros. Por faltas graves, entre 30.001 y 600.000 euros. Por las muy graves, de 601.000 a 3.000.000 de euros.
Los programas de ayudas económicas para estas instalaciones están previstos, tanto por parte de la Administración central, a través del Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE), como por la Comunidad de Madrid. El Ayuntamiento está estudiando la reducción de la cuota del impuesto de construcciones, instalaciones y obras, lo que redundaría positivamente en el precio final de las viviendas.
El coste estimado de la instalación solar térmica es inferior al 1% del precio de la vivienda, y su amortización, incluyendo el mantenimiento, será de 10 a 14 años.