La provincia es una de las más afectadas de Galicia por esta normativa
Marisa Prado/Lugo
Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
Una de las consecuencias más directas de la entrada en vigor el pasado mes de enero de la Ley de Ordenación Urbanística ha sido la paralización de 120 licencias de obras para la construcción de viviendas, naves e instalaciones industriales en la provincia de Lugo. Entre los requisitos de la nueva norma, que sustituye a la aprobada en 1997, se encuentra la imposibilidad de levantar una vivienda si la parcela cuenta con menos de 300 metros cuadrados.
El Ayuntamiento de Lugo es uno de los más afectados por la entrada en vigor, el pasado enero, de la Ley de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural. La puesta en marcha de la nueva nueva normativa ha supuesto la paralización de unas 120 licencias de obras para la construcción de viviendas, naves e instalaciones industriales en los más de 300 núcleos rurales de este municipio.
Una de las principales consecuencias que ha traído consigo esta ley es el bloqueo de los proyectos de edificación que en la provincia de Lugo perjudica, tanto a la tramitación de las licencias que estaban solicitadas, como a los expedientes disciplinarios que se encuentran en marcha y que no pueden estar en situación de suspenso, ya que deben cumplir unos plazos fijos, según ha explicado el concejal de Urbanismo del Ayuntamiento lucense, José Ramón Gómez Besteiro.
Entre los requisitos para construir una vivienda en área rural se encuentran que la parcela donde se pretende levantar el inmueble debe contar con un mínimo de 300 metros cuadrados, ó 600 metros cuadrados si la edificación se ubica en la zona de expansión de los núcleos.
Otro impedimento para construir libremente en este tipo de zonas es el que hace referencia a las dimensiones de la construcción, de forma que se impide levantar una vivienda que ocupe en planta más del 20% de la superficie total de la finca. Tampoco podrá disponer de más de dos plantas de altura, ni superar los siete metros.
La ley hace hincapié en la tipología de las viviendas, especificando que debe adaptarse a la arquitectura tradicional del entorno, además de impedir la utilización de bloques de hormigón u otros materiales de fábrica para la construcción de los cierres de fincas, que tendrán que ser, preferentemente, vegetales. Otro requisito es que su altura no podrá exceder de 1,5 metros de alto en caso de usarse materiales opacos.
Entre otras disposiciones, la ley aclara que los edificios no podrán elevarse más allá de una altura de 3,5 metros y serán de una sola planta siempre que se ubiquen en espacios públicos calificados como de protección forestal, de costas, de espacios naturales, de aguas o de interés paisajístico.
Y si la ley es clara en cuanto a las obligaciones urbanísticas, también lo es en cuanto a las que deben responder los empresarios. De esta forma, si hasta ahora los únicos responsables de una obra sin licencia eran los propietarios de la misma, la nueva normativa señala que los empresarios, técnicos, directores de obra y promotores tendrán que asumir la responsabilidad en la ejecución de las obras que no dispongan de licencia.
En el caso concreto de que las edificaciones cuenten con licencia pero no se ajusten a las normas urbanísticas, el único responsable sería el técnico o, en su defecto, las autoridades municipales que hubieran votado a favor de la construcción.
Los propietarios deberán regularizar todas aquellas obras que no se ajusten a los puntos establecidos en la nueva normativa en el plazo máximo de dos años. Si no se produjera esa circunstancia, el inmueble podría ser derruido una vez que el ayuntamiento donde se ubique la construcción, o la propia Xunta, hayan indemnizado a sus propietarios.
Para poder llevar a cabo estos controles, se crearon una serie de organismos entre los que se encuentran la Agencia de Protección Urbanística y el Jurado de Expropiación de Galicia, que se encargará de fijar el precio justo para la expropiación forzosa llevada a cabo por los gobiernos municipales o la Xunta.
La anterior Ley del Suelo, aprobada en el año 1997, (y a la que viene a sustituir la actual) nació con polémica al oponerse a ella amplios sectores. Por un lado, los regidores municipales querían conocer cómo iba a afectar la nueva normativa a los proyectos que ya se encontraban en marcha. Por otro lado, los promotores inmobiliarios solicitaban a la Xunta que no les obligara a ceder el 15% del suelo a los municipios. Al final, la controversia se saldó gracias a la ley estatal que señalaba el 10% como porcentaje máximo para dicha cesión. Para hacer efectiva esta rebaja, los constructores argumentaron que al disminuir el espacio que debían ceder a los municipios se aprovecharía más suelo para construir, ese ahorro repercutiría en una reducción del precio de venta de las viviendas, lo que no ocurrió.