Aproinco se persona en el Tribunal Supremo por el recurso municipal
Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
Los promotores inmobiliarios se personan ante el Tribunal Supremo como respuesta al recurso de casación que interpuso el Consistorio coruñés contra una sentencia del TSXG, que invalidaba la práctica municipal de cobrar una tasa por motivos como la tramitación de planes especiales o parciales.
Marisa Prado
A Coruña
La polémica por el cobro de ciertas tasas urbanísticas que el Ayuntamiento de A Coruña considera que deben ser abonadas por los promotores inmobiliarios, a lo que éstos se oponen radicalmente, ha dado lugar a un capítulo más de la historia de desencuentro entre las dos partes.
La Asociación Provincial de Promotores Inmobiliarios de A Coruña (Aproinco) se ha personado ante el Tribunal Supremo en el recurso de casación interpuesto por los responsables del Ayuntamiento coruñés con el objetivo de recurrir una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) que era favorable a los promotores.
La actuación del área de Urbanismo municipal se enmarca dentro de la estrategia que sigue el Consistorio para lograr que el máximo órgano judicial reconozca el cobro de estas tasas, englobadas en diferentes aspectos. A este objetivo se oponen los promotores, que ven en esta circunstancia un dato más que acarrearía una nueva subida en el coste del suelo.
La disputa entre el Ayuntamiento coruñés y los miembros de Aproinco, con su presidente, Manuel Jove, a la cabeza, se remonta a enero de 2002, cuando la asociación empresarial decidió plantar cara a los planes del Gobierno local de exigir unas tasas urbanísticas que se basaban en tres supuestos: la expedición de células urbanísticas, la tramitación de planes parciales, especiales y estudios de detalle, y la aprobación de los proyectos de urbanización. A pesar de que éstos aparecen como tres motivos diferentes, antes se abonaban como un único impuesto, y los promotores consideran que ahora no deben cobrarles por ellos.
Sentencias.- En 2001, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ya declaró en una sentencia que la petición de pago de dichas tasas no se ajustaba a derecho. Desde ese momento, son ya cuatro las sentencias de este órgano judicial que se han dictado a favor de la tesis que defienden los miembros de Aproinco.
Hasta que se produjo la primera sentencia, los ejecutivos locales cobraban por la aprobación de planes parciales, especiales y estudios de detalle, y por dar luz verde a los proyectos de urbanización.
Nueva ordenanza.- Ante la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) de 2001, el Ayuntamiento de A Coruña decidió suprimir las tasas por tramitaciones urbanísticas del proyecto de ordenanzas para el ejercicio de 2002 pero, según denuncian los promotores coruñeses, estos conceptos aparecieron posteriormente añadidos en una nueva ordenanza.
Para la asociación empresarial, esta modificación supone el mantenimiento, “de forma encubierta, de las mismas ilegalidades” detectadas y anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en su primera sentencia.