Se elimina la doble imposición en el Impuesto sobre Sociedades por el traspaso de beneficios
Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
Las filiales dedicadas a los arrendamientos que destinen los beneficios obtenidos a sus matrices, no tendrán que pagar el Impuesto de Sociedades por el traspaso de estas cantidades.
La Comisión de Economía del Congreso ha aprobado el informe elaborado en la ponencia sobre el proyecto de Ley de medidas de reformas económicas. La ponencia dio luz verde a una enmienda transaccional del Partido Popular sobre un texto de CiU por la que se elimina la doble imposición en el Impuesto sobre Sociedades de los beneficios entre la empresa filial dedicada al alquiler y su matriz.
Tras esta modificación, cuando una filial o socio distribuya beneficios a la empresa matriz y ya haya cotizado por ellos, les será de aplicación la devolución para evitar la doble imposición sobre los mismos. Se trata de un sistema similar al que disfrutan las sociedades holding.
Además, PP y CIU han pactado que las operaciones relacionadas con fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores llevadas a cabo por sociedades acogidas al régimen fiscal de fomento del arrendamiento de viviendas también tendrán un tratamiento favorable en el Impuesto sobre Sociedades .
El Grupo Popular también ha introducido una modificación por la que los inmuebles dirigidos a arrendamiento que no estén calificados como viviendas de VPO puedan tener una dimensión máxima de 135 metros cuadrados en el 20% de la promoción.
El Ministerio de Economía había fijado un tope de 110 metros. Además, el arrendamiento podrá incluir un máximo de dos plazas de garaje y los anexos situados en el mismo edificio, excluidos los locales de negocio, siempre que unos y otros se arrienden conjuntamente con la vivienda.
De este modo, se reserva este porcentaje de viviendas para favorecer a las familias numerosas y está en línea con las medidas en materia de protección oficial.
Por otro lado, el PP introdujo una enmienda para crear el mercado a plazo de la energía eléctrica que permite contratar volúmenes de electricidad a distintos. De esta manera, se hace más predecible su coste, reduce los riesgos para las empresas y facilita la planificación de sus procesos productivos. En cuanto al Régimen Especial Agrario, se equipara al Régimen General y al de Autónomos.