INMOBILIARIO

El juez exculpa a Fernando Martín de los concursos de Martinsa y sus filiales

Declara como "fortuito" el proceso concursal en que Martinsa entró en julio de 2008

Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
30/05/2011.- El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña ha exculpado a Fernando Martín y a los gestores de Martinsa Fadesa de toda responsabilidad en la declaración de concurso de la inmobiliaria y seis de sus empresas filiales.

El titular de este juzgado declara finalmente como "fortuito" el proceso concursal en que este grupo inmobiliario entró en julio de 2008, el mayor de la historia empresarial española. En concreto, y según lo establecido en la Ley Concursal, el juez archiva las actuaciones de calificación del concurso al coincidir en el carácter fortuito de esta suspensión de pagos los informes realizados por los administradores concursales de la empresa y el Ministerio Fiscal.

"De conformidad con lo establecido en el artículo 170 de la Ley Concursal, si el informe de la administración concursal y el dictamen del Ministerio Fiscal conicidieran en calificar el concurso como fortuito, el juez, sin más trámites, ordenará el archivo de las actuaciones mediante auto, contra el que no cabrá recurso alguno", indica el auto del Juzgado Mercantil de A Coruña, con fecha de 27 de mayo.

Un grupo de acreedores de Martinsa Fadesa, entre ellos el ex dueño de Fadesa Manuel Jove, había solicitado al juex que Fernando Martín y su socio en la inmobiliaria, Antonio Martín, fueran declarados culpables del concurso del grupo.

Tras la superación de la fase de calificación, Martinsa Fadesa queda así pendiente de que la superación de su concurso sea firme, una vez se resuelvan los dos recursos que se presentaron contra el auto de levantamiento de la suspensión de pagos emitido por el juez el pasado 11 de marzo. De esta forma, la inmobiliaria superará así tres años de proceso concursal, que además ha sido el mayor de la historia empresarial española, con un pasivo de unos 7.000 millones de euros. Arrancará entonces el cumplimiento del convenio de acreedores, por el que la inmobiliaria se compromete a abonar su deuda íntegra (sin quitas), pero en un periodo de ocho años, que empezará a contar en 2012.

El convenio incluye la conversión a préstamos participativos del 15% del crédito ordinario y contempla la posibilidad de que los bancos canjeen deuda por acciones en el caso de que la inmobiliaria no pague sus deudas en un plazo máximo de diez años (los ocho del convenio más dos ejercicios adicionales).